Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro233979
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

Si el Ministerio Público Militar , al formular sus conclusiones, no señala con toda precisión el deber infringido, el precepto normativo que lo prevé y la conducta concreta que se hace contra la infracción, la sentencia definitiva pronunciada por el Supremo Tribunal de Justicia Militar que confirma la condenatoria de primer grado, en ocasión del delito de infracción de deberes militares correspondientes a cada militar según su comisión o empleo resulta violatoria de garantías, pues no es dable que la autoridad judicial supla las deficiencias del órgano técnico de acusación, máxime si el referido tribunal de alzada incurre en la misma imprecisión del representante social al invocar diversos artículos que contemplan diferentes infracciones y omitir el señalamiento de cual de ellos prevé la conducta desplegada por el activo.

Amparo directo 1515/87. H.C.M.. 18 de noviembre de 1987. Ponente: V.A.G. de I.. Secretario: L.P. de la Fuente.


Nota: Reitera la tesis de Jurisprudencia 138, A. al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, página 283.



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