Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Octubre de 2005 (Tesis num. 1a. CXXII/2005 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-10-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. CXXII/2005
Fecha de publicación01 Octubre 2005
Fecha01 Octubre 2005
Número de registro177012
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXII, Octubre de 2005; Pág. 696
EmisorPrimera Sala
MateriaConstitucional,Penal

El citado precepto, que describe el delito de ejercicio indebido de servicio público y establece los elementos objetivos del tipo referentes a los sujetos activo y pasivo, a la conducta reprochable y al medio y objeto materia de su ejecución, no viola la garantía de exacta aplicación de la ley penal prevista en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por el hecho de emplear la expresión "en cualquier forma". Lo anterior porque dicha frase implica un elemento normativo que requiere la valoración objetiva del juzgador respecto de una situación de hecho, para establecer claramente la configuración del delito, esto es, la aplicación de la norma penal dependerá no sólo de la descripción de la acción punible sino también de un juicio de valor por parte del Juez, acorde con la normatividad correspondiente.

Amparo en revisión 933/2005. 3 de agosto de 2005. Cinco votos. Ponente: J.N.S.M.. Secretario: R.Á.O..

2 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR