Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Marzo de 2001 (Tesis num. 1a. XIV/2001 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-03-2001 (Tesis Aisladas))

Número de registro190109
Número de resolución1a. XIV/2001
Fecha de publicación01 Marzo 2001
Fecha01 Marzo 2001
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XIII, Marzo de 2001; Pág. 111
EmisorPrimera Sala
MateriaConstitucional

En el referido precepto constitucional el Constituyente no consagró garantía individual alguna, sino que, considerando que la aspiración del Estado de derecho consiste en lograr la vigencia real de sus ordenamientos jurídicos cuyo fundamento es la propia Constitución, plasmó la conveniencia de que ésta obligara a los depositarios del poder público a comprometerse formalmente a cumplir su contenido, así como el de las leyes que de ella emanaran; siendo necesario, para la aplicación de tal exigencia, que los funcionarios públicos se encuentren investidos del cargo respecto del cual otorgan la protesta, toda vez que ésta da valor legal al nombramiento para que pueda ejercitarse la función, pues equivale a la aceptación del mismo.

Amparo en revisión 2119/99. F.T.R.. 29 de noviembre de 2000. Cinco votos. Ponente: O.S.C. de G.V.. Secretaria: L.F.D..

38 sentencias

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