Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro802755
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

T. del delito de contrabando y para los efectos de la suspensión de la condena, por interés fiscal debe entenderse el conjunto de prestaciones que tenga derecho de percibir el fisco, cualesquiera que sean sus denominaciones, tales como impuestos de importación o exportación, adicionales y multas. En tal virtud, si el juzgador concede al sentenciado el beneficio de la condena condicional, y le fija como requisito otorgar fianza que responda por su presentación siempre que para ello sea requerido, y que garantice además el interés fiscal, comprendiendo en éste el impuesto de importación, ad valorem, adicionales y multa, no infringe lo dispuesto por le artículo 90, fracción I, inciso d), del Código Penal, en relación con el 240 del Código Fiscal de la Federación.

Amparo directo 6673/57. F.V.H.. 1o. de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: L.C.G..

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