Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro804469
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El juzgador, de acuerdo con la técnica que rige la apreciación del testimonio, debe estar a la primera manifestación del testigo, supuesto que toda alteración sin fundamento, del contenido del primer relato, es sospechosa de credibilidad.

Amparo penal directo 6023/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de julio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: T.O. y Leyva.

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