Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

EmisorPrimera Sala
MateriaPenal
Número de registro812897

CONYUGE. SU RELACION CON EL DERECHO PENAL.

La voz proviene indiscutiblemente del derecho privado y está ligada por consecuencia a la familia de orden monogámico que al través del matrimonio civil permite la perpetuación de la especie con la seguridad de la descendencia cierta y conservación de lo adquirido (propiedad, matrimonio, familia, sucesión); por ello el derecho penal, tutelador de estas instituciones reprime conductas que atentan contra ellas estableciendo delitos patrimoniales, adulterio, bigamia, abandono de cónyuge e hijos, estupro, conyugicidio y por consecuencia, no es dable aplicar la acepción a situaciones de concubinato que riñe esencialmente con esas ideas; a más de que interpretaciones analógicas o por mayoría de razón están terminantemente prohibidas por nuestro régimen constitucional (artículo 14), es decir, la voz cónyuge no debe emplearse para designar a la concubina.

Amparo directo 80/59. A.S.G.. 6 de agosto de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.M.A.. Secretario: R.M. de Oca.

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