Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro813601
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

De acuerdo con la penalogía la conmutación de sanción privativa de la libertad por multa y el beneficio de la condena condicional, constituyen dos ventajosos sustitutivos de las penas cortas de prisión y si el juzgador al individualizar la sanción opta por la concesión de la segunda y omite la conmutación, no viola ninguna garantía, ya que satisface una medida preventiva de política criminal al conceder aquél beneficio, mucho más adecuada en la mayoría de los casos que la multa; y además, siendo la conmutación facultad discrecional del que juzga (artículo 74 del Código Penal Federal), al emplear el legislador la expresión "podrán a su prudencia arbitrio" no puede ser al mismo tiempo derecho del acusado para que elija entre condicional y multa, toda vez que tales medidas operan principalmente en su dinámica, cumpliendo fines de interés colectivo.

Amparo directo 1078/54. A.R.S.. 21 de abril de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente A.M.A..

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