Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 21 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro904962
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

No puede considerarse que existe, si aquel a quien se acusa, obrando de buena fe, vendió un semoviente que no era suyo por un error explicable, dada la similitud entre los fierros que usan el querellante y el acusado, tanto más, si al reconocer su error, el acusado indicó al querellante el lugar en donde se encontraba el animal y la persona a quien se lo había vendido y devolvió el precio de la venta antes de que la autoridad tuviera intervención alguna en el asunto, y por otra parte, es patente que no existió la intención dolosa, si el acusado comisionó a tercera persona para recoger un semoviente que suponía era de su propiedad.

Amparo penal directo 5785/43.-Jaramillo Tomasa.-21 de enero de 1944.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: J. Rebolledo.-La publicación no menciona el nombre del ponente.


Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXXIX, página 1464, Primera Sala.

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