Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 166 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro905107
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

La Primera Sala de la Suprema Corte ha sustentado el criterio de que el delito de informes falsos dados a una autoridad no puede ser imputado, cuando la falsedad la comete el inculpado o procesado con objeto de eludir la responsabilidad criminal que se le atribuye, fundando dicho criterio en la fracción II del artículo 22 constitucional, que establece que ningún acusado puede ser compelido a declarar en su contra y, por tanto, se iría en contra de esta garantía constitucional, si se sancionara a los inculpados que al declarar, se condujeron con falsedad.

Amparo penal directo 6306/43.-A.F..-26 de julio de 1944.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.


Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXXXI, página 1803, Primera Sala.

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