Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 1447 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro906388
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El que no mata, a pesar de haber empleado actos idóneos para hacerlo y de haberlos empleado con el fin determinado de dar muerte, es responsable de homicidio en grado de tentativa, ya que la existencia de este delito, si no se basa en el resultado, sí se funda, en contra del agente, en su intención homicida. En el delito de lesiones la intención debe interpretarse como el propósito general de dañar la integridad corporal de las personas, sin que el agente del delito haya tenido la voluntad de matar, pues si tuvo esta finalidad, se estará en presencia de una verdadera tentativa de homicidio, de donde se observa que el elemento intencional de lesiones contiene en sí mismo uno negativo consistente en la ausencia de voluntad homicida. De aquí que el dolo de las lesiones es excluido por la intención directa de matar que lleva la tentativa de homicidio, y es una cuestión que incumbe al sentenciador establecer cuándo concurre este propósito, el cual, ciertamente, no puede deducirse de la naturaleza de las lesiones inferidas, pues son las circunstancias del caso las únicas que pueden señalar si el autor quiso ir más allá y deseó la muerte de la víctima.

Amparo directo 9550/63.-R.M.R. de mayo de 1966.-Cinco votos.-Ponente: M.R.S..


Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen CVII, Segunda Parte, página 17, Primera Sala.

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