Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 2177 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro907118
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

PENAS TRASCENDENTALES, QUÉ SE ENTIENDE POR.-

Se entiende por penas trascendentales, aquellas que pueden afectar de modo legal y directo, a terceros extraños no incriminados; pero no las que se derivan de posibles trastornos que puedan sufrir los familiares de los reos, con motivo de la reclusión que éstos sufren, puesto que dentro de este criterio, todas las penas resultarían trascendentales, y es evidente que en una u otra formas, en mayor o menor grado, afectan a las personas allegadas a los sentenciados.

Amparo penal directo 633/38.-R.R.S. de mayo de 1938.-Unanimidad de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.

Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LVI, página 1121, Primera Sala.

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