Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 2211 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro907152
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si estaba el país en estado de guerra, y en el desempeño de una comisión, el reo, después de aprehender a unos vecinos, exigió y pidió cierta cantidad por la libertad de los detenidos, tales hechos delictuosos encajan dentro de lo establecido por el artículo 325 del Código de Justicia Militar.

Amparo penal directo 5219/47.-Montesinos Ramos Isidro.-23 de septiembre de 1948.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: L.C. Goerne.-La publicación no menciona el nombre del ponente.


Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XCVII, página 2350, Primera Sala.

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