Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 2253 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro907194
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Según jurisprudencia firme de esta Sala, la calificativa de premeditación se constituye "con un elemento objetivo y otro subjetivo inseparable: a) el transcurso de un tiempo más o menos largo entre el momento de la concepción del delito y aquel en que se ejecuta, y b) el cálculo mental, la meditación serena o la deliberación madura del agente que persiste en su intención antijurídica.". El puro fenómeno de la reflexión no basta, en consecuencia, para configurar la calificativa, pues lo que caracteriza a ésta y tal es el alcance que debe darse a la citada expresión, es la persistencia del propósito delictivo durante un periodo más o menos largo, en que el sujeto espera o propicia la oportunidad para ejecutar el delito ya determinado en su decisión. Ahora bien, es posible que en virtud de las circunstancias de un caso y dadas las dificultades previas entre la víctima y el victimario éste se hubiera armado, sin que ello, de acuerdo con las pruebas aportadas, en ninguna manera autorice a pensar que el acusado hubiese decidido la muerte de su víctima y que precisamente para matarla hubiera llevado el arma. Es claro que la mera circunstancia de ir armado, es prueba evidente de que había representado la posibilidad de llegar a ese resultado y de que lo había aceptado en su representación, surgiendo consiguientemente el dolo eventual en el homicidio, mas no debe confundirse esta forma específica de dolo con la premeditación, pues si bien en ésta existe el dolo, no se trata de un dolo eventual o condicional dado que, de acuerdo con lo expresado con anterioridad, la premeditación requiere la firme decisión de cometer el hecho delictivo, retirándose en cada momento dicha decisión hasta llegar a la ejecución del hecho.

Amparo directo 2957/80.-F.G.T. de septiembre de 1980.-Cinco votos.-Ponente: F.H.P.V..


Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 139-144, Segunda Parte, página 105, Primera Sala.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR