Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 2261 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro907202
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

En el párrafo tercero del artículo 315 del Código Penal del Distrito Federal se han incorporado al sistema represivo del mismo, a través del concepto de premeditación circunstancias en que la ley presume dicha calificativa, al estimar que cuando el homicidio se causa por alguno de los medios enumerados en ese dispositivo, el sujeto autor ha debido emplear medios que por su naturaleza son reveladores de que premeditó su acción delictiva, reflexionando previamente sobre las circunstancias de ejecución; pero resulta evidente que dicha presunción admite prueba en contrario (juris tantum), porque el supuesto legal puede ceder lógicamente ante el conocimiento exacto de la ausencia de espíritu reflexivo y de la reiteración en el propósito que caracteriza a la circunstancia calificativa de referencia.

Amparo directo 5853/81.-G.O.V..-9 de julio de 1982.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: F.C. Tena.-Secretaria: E.D. de León D'Hers.


Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 163-168, Segunda Parte, página 82, Primera Sala.

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