Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 2696 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro907637
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

La calificativa de robo contenida en la fracción I del artículo 381 del Código Penal (robo en lugar cerrado), no pugna con las diversas calificativas que contiene dicho numeral en otras fracciones, porque cada una es diversa y destaca la mayor entidad del bien jurídico lesionado por diversas circunstancias que concurren en la sustracción, calificándose con mayor penalidad el robo. Para la integración de la calificativa prevista en la fracción VI del artículo 381 del Código Penal, basta que se acrediten los elementos del artículo 367 del mismo ordenamiento, más la circunstancia especial en razón de la situación personal del sujeto activo, siendo inexacto que dicha calificativa atienda a la situación especial de personalidad física o moral del ofendido.

Amparo directo 3642/72.-R.C. Campos.-17 de noviembre de 1972.-Cinco votos.-Ponente: A.H. y A.


Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 47, Segunda Parte, página 39, Primera Sala.

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