Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 2953 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro907894
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si se está en presencia de un delito cuya materia es la falsificación de un sello de un Estado, que no puede afirmarse categóricamente que se pretendía produjera efectos en otro, no le es aplicable al quejoso el sistema punitivo de este último Estado, pues la legislación de éste podía aplicarse solamente en el caso de delito cometido dentro de su territorio, en contra de intereses específicamente tutelados por la legislación, o por delito cometido fuera de su territorio, siempre que produjera efectos dentro del ámbito de validez espacial de la legislación a que se viene haciendo referencia. Por ello se juzga al quejoso por una ley que no le es exactamente aplicable. El artículo 14 constitucional cuando habla de "ley exactamente aplicable", comprende no solamente el contenido material de la norma sino que abarca también las cuestiones competenciales.

Amparo directo 6630/60.-J.J.M.C..-17 de enero de 1962.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: J.J.G.B..


Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen LV, Segunda Parte, página 65, Primera Sala.

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