Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Abril de 2011 (Tesis num. 1a. LVII/2011 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-04-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. LVII/2011
Fecha de publicación01 Abril 2011
Fecha01 Abril 2011
Número de registro162323
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXIII, Abril de 2011; Pág. 312
EmisorPrimera Sala
MateriaAdministrativa

En términos del artículo 92, fracción III, tercer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, para proceder penalmente por los delitos fiscales es necesario que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público formule querella y, en su caso, los procesos se sobreseerán previa petición que discrecionalmente realice. Dicha petición de sobreseimiento constituye un "perdón del ofendido", motivo por el cual se formula sin atribuciones de imperio, ni de autoridad, sino como representante de los intereses patrimoniales del Estado (ofendido por el delito), lo que procesalmente implica que, al hacerla, está ejerciendo un derecho y no una facultad que deba fundar y motivar.

Amparo en revisión 783/2010. M.C.H.. 23 de febrero de 2011. Mayoría de cuatro votos. Disidente: J.R.C.D.. Ponente: G.I.O.M.. Secretario: P.A.S..

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