Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Febrero de 2010 (Tesis num. 1a. XXI/2010 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-02-2010 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. XXI/2010
Fecha de publicación01 Febrero 2010
Fecha01 Febrero 2010
Número de registro165163
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Febrero de 2010; Pág. 124
EmisorPrimera Sala
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

Si bien en revisión las autoridades diversas a las legitimadas por los artículos referidos no pueden expresar agravios tendentes a justificar la constitucionalidad de una ley, lo cierto es que excepcionalmente, pueden defenderla indirectamente al formular agravios para fundamentar el acto de aplicación que de ellas se reclama. Lo anterior ocurre cuando en el recurso se controvierte la dudosa aplicación de una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre inconstitucionalidad de leyes, pues aunque tal argumentación constituye una cuestión de mera legalidad, por sus cualidades puede considerarse como propiamente constitucional para los efectos de la competencia originaria del Alto Tribunal que incide directamente en los fundamentos del acto de aplicación que a la autoridad se reclamó.

Amparo en revisión 1936/2009. T.P., S.C. 11 de noviembre de 2009. Cinco votos. Ponente: O.S.C. de G.V.. Secretario: E.G.R.G..

3 sentencias

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