Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Septiembre de 1999 (Tesis num. 1a. XXII/99 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-09-1999 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 193384 |
Número de resolución | 1a. XXII/99 |
Fecha de publicación | 01 Septiembre 1999 |
Fecha | 01 Septiembre 1999 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; X, Septiembre de 1999; Pág. 87 |
Emisor | Primera Sala |
Materia | Civil |
De una interpretación sistemática de los artículos 1114, fracción V, y 1115, primer párrafo, del Código de Comercio, reformados a virtud del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinticuatro de mayo de mil novecientos noventa y seis, deriva que el juzgador puede declarar de oficio su incompetencia para conocer de la demanda, cuando se trate de territorio o de materia, o de la reconvención, cuando se trate de cuantía con tal que lo haga en el primer proveído, que se dicte en relación con la demanda o con la reconvención. En este contexto, tiene el carácter de "primer proveído" aquel en el que el juzgador define el destino que habrá de seguir la demanda o reconvención ante él presentadas, lo que ocurre cuando se declara incompetente, cuando las rechaza, porque las desecha o porque las tiene por no presentadas, o cuando las admite a trámite; es de esa manera porque la competencia constituye un presupuesto procesal, naturalmente de análisis preferencial a la procedencia o improcedencia de la demanda, de modo que mientras el órgano jurisdiccional no se pronuncie, expresa o implícitamente, sobre la admisión o rechazo de la demanda o reconvención, está en aptitud de declararse incompetente; quedando, por ende, fuera de esa definición, los proveídos que, aunque se han dictado con anterioridad, sólo mandan aclarar, corregir o subsanar la demanda o la reconvención.
Competencia 26/99. Suscitada entre el Juez Décimo Sexto de Paz Civil en el Distrito Federal y el Juez Primero de Cuantía Menor de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. 16 de junio de 1999. Cinco votos. Ponente: H.R.P.. Secretario: U.M.H..
-
Sentencia con número de expediente 225/2022. Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Veracruz, con residencia en Boca del Río, 2022-04-26
...ya que dicha determinación solo está impuesta para las partes quienes la pueden hacer valer o no. Lo anterior, encuentra apoyo en la tesis 1a. XXII/99, sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en la página 87, Tomo Septiembre de 1999, del Sema......
-
Sentencia con número de expediente 35/2022. Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Veracruz, con residencia en Boca del Río, 2022-01-27
...ya que dicha determinación solo está impuesta para las partes quienes la pueden hacer valer o no. Lo anterior, encuentra apoyo en la tesis 1a. XXII/99 con registro 193384, sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Novena Época, consultable en la página och......
-
Sentencia con número de expediente 11/2022. Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Veracruz, con residencia en Boca del Río, 2022-01-12
...ya que dicha determinación solo está impuesta para las partes quienes la pueden hacer valer o no. Lo anterior, encuentra apoyo en la tesis 1a. XXII/99 con registro 193384, sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Novena Época, consultable en la página och......
-
Sentencia con número de expediente 314/2022. Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Veracruz, con residencia en Boca del Río, 2022-06-08
...deberá poner a disposición de los actores la demanda, así como los documentos anexados a la misma.” Asimismo, se invoca la tesis 1a. XXII/99 con registro 193384, sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Novena consultable en la página ochenta y siete del ......