Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Reiteración))

Número de registro259090
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

INVASION DE TIERRAS, DELITO DE.

No es a la asamblea general de ejidatarios ni al presidente del comisariado ejidal, a quienes compete decretar la invasión de tierras, sino a las autoridades que el Código Agrario señala y mediante el procedimiento especial que para tal objeto prescribe. Por tanto, si de las constancias de autos se desprende que el inculpado, en su carácter de presidente de un comisariado ejidal, tolera y prohija la invasión de tierras, la sentencia que lo declara responsable de ese delito, es legal.

Volumen V, página 78. Amparo directo 692/57. J.D.A. y coagraviados. 6 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: L.C.G..

Volumen XII, página 60. Amparo directo 4906/57. J.G.P.. 23 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: C.F.S..

Volumen XVI, página 150. Amparo directo 2015/57. S.P.G.. 1o. de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.M.A..

Volumen XL, página 46. Amparo directo 8076/59. M.O.M.. 20 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.G. de la Vega.

Volumen XCVIII, página 52. Amparo directo 192/64. J.P.B.. 16 de agosto de 1965. Cinco votos. Ponente: M.G.R.F..

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