Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Marzo de 2006 (Tesis num. 1a./J. 11/2006 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-03-2006 (Reiteración))

Número de registro175503
Número de resolución1a./J. 11/2006
Fecha de publicación01 Marzo 2006
Fecha01 Marzo 2006
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXIII, Marzo de 2006; Pág. 147
EmisorPrimera Sala
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaConstitucional,Administrativa

El precepto citado, al establecer diversas tasas para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios, con base en la graduación alcohólica que contengan los productos que se enajenen o importen, no viola los principios de proporcionalidad y equidad tributaria contenidos en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ello es así, toda vez que el establecimiento de dichas tasas obedece al cumplimiento de la obligación del legislador de crear categorías o clasificaciones de contribuyentes, a condición de que éstas no sean caprichosas o arbitrarias o creadas para hostilizar a determinadas clases o universalidades de causantes, esto es, que se sustenten en bases objetivas que justifiquen el tratamiento diferente entre unas y otras, y que pueden responder a finalidades económicas o sociales, razones de política fiscal o incluso extrafiscales, a fin de que los contribuyentes de un impuesto que se ubican en una misma hipótesis de causación, guarden una idéntica situación frente a la norma jurídica que lo regula. De manera que la imposición de una tasa menor para las bebidas alcohólicas y cerveza, con una graduación de hasta 20° G.L. y una tasa mayor para las bebidas con graduación alcohólica superior a esta última, se justifica en tanto que la graduación alcohólica de las bebidas enajenadas o importadas constituye uno de los múltiples factores que determinan el precio total del producto, razón por la cual resulta necesario tomarlo en consideración para determinar la base del impuesto; de ahí que al gravar la enajenación o importación de bebidas alcohólicas y cerveza con graduación alcohólica distinta deba aplicarse una tasa sobre un valor que refleje las condiciones reales en que se enajenan los citados bienes. Además, la mencionada diferencia de trato también refleja la consecución de una finalidad extrafiscal, a saber, la protección de la salud pública a través del desaliento al consumo del alcohol.

PRECEDENTES:

Amparo en revisión 2512/2003. Bodegas La Negrita, S.A. de C.V. 21 de abril de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: H.R.P.. Ponente: J.N.S.M.. Secretario: P.A.S..

Amparo en revisión 599/2004. Tequilera Quita Penas, S.A. de C.V. 4 de agosto de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. de J.G.P.. Secretario: R.A.M.R..

Amparo en revisión 544/2005. Distribuidora Meximor, S.A. de C.V. 18 de mayo de 2005. Cinco votos. Ponente: J.N.S.M.. Secretario: E.N.L.M..

Amparo en revisión 1766/2005. G., S. de R.L. de C.V. 11 de enero de 2006. Cinco votos. Ponente: J.N.S.M.. Secretario: E.N.L.M..

Amparo en revisión 66/2006. Bacardí y Compañía, S.A. de C.V. y otras. 8 de febrero de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J. de J.G.P.. Ponente: O.S.C. de G.V.. Secretaria: M.M.G..

Tesis de jurisprudencia 11/2006. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de primero de marzo de dos mil seis.

6 sentencias
2 artículos doctrinales
  • Reforma fiscal para 2014. Análisis crítico y constitucional (Segunda y última parte)
    • México
    • Práctica Fiscal Núm. 714, Marzo 2014
    • 1 Marzo 2014
    ...protección de la salud pública a través del desaliento al consumo del alcohol. Jurisprudencia, emitida por la H. Primera Sala de la SCJN, 1a./J. 11/2006, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, tomo XXIII, marzo de 2006, pág. Considerando lo anterior, es incuestionabl......
  • Jurisprudencias publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de marzo de 2006
    • México
    • Práctica Fiscal Núm. 436, Junio 2006
    • 1 Junio 2006
    ...frente a la norma jurídica que lo regula. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo XXIII, marzo de 2006, tesis 1a./J. 11/2006, página 147. Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Rubro Síntesis Fuente No se transgrede el principio de legalidad tr......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR