Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Abril de 2006 (Tesis num. 1a./J. 22/2006 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-04-2006 (Reiteración))

Número de registro175312
Número de resolución1a./J. 22/2006
Fecha de publicación01 Abril 2006
Fecha01 Abril 2006
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXIII, Abril de 2006; Pág. 113
EmisorPrimera Sala
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

Cuando el Juez de Distrito que conoció del asunto informa a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ya se dio cumplimiento a la ejecutoria de amparo, el incidente de inejecución de sentencia queda sin materia y, en consecuencia, el dictamen que emitió el Tribunal Colegiado de Circuito en el que estimó procedente la aplicación de las medidas contenidas en el artículo 107, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debe quedar sin efectos, pues la declaración de que la ejecutoria se ha acatado hace cesar el estado de incumplimiento que fundamentó aquella opinión.

PRECEDENTES:

Incidente de inejecución 242/2004. P.C., S.A. de C.V. 6 de abril de 2005. Cinco votos. Ponente: J.R.C.D.. Secretario: R.M.M.G..

Incidente de inejecución 199/2005. A.S.Á.. 9 de noviembre de 2005. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: O.S.C. de G.V.. Ponente: J.N.S.M.. Secretaria: R.A.L..

Incidente de inejecución 240/2005. O.F.F.M.. 11 de enero de 2006. Cinco votos. Ponente: O.S.C. de G.V.. Secretario: C.M.A..

Incidente de inejecución 243/2005. M.A.S.. 25 de enero de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J. de J.G.P.. Ponente: S.A.V.H.. Secretario: G.R.P..

Incidente de inejecución 300/2005. F.R.P.. 1o. de febrero de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J. de J.G.P.. Ponente: J.N.S.M.. Secretario: E.N.L.M..

Tesis de jurisprudencia 22/2006. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de veintinueve de marzo de dos mil seis.

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