Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Mayo de 2005 (Tesis num. 1a./J. 37/2005 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-05-2005 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 178450 |
Número de resolución | 1a./J. 37/2005 |
Fecha de publicación | 01 Mayo 2005 |
Fecha | 01 Mayo 2005 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXI, Mayo de 2005; Pág. 203 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Civil,Derecho Civil |
Conforme al artículo 24 del Código de Procedimientos Civiles de esa entidad federativa, para que los herederos puedan ejercer las acciones, defensas y recursos que correspondan a la masa hereditaria, se requiere que se dé alguna de las condiciones siguientes: 1) que no esté en funciones el interventor o el albacea de la sucesión, o 2) que éstos sean requeridos judicial o notarialmente para que deduzcan esos actos, y rehúsen o descuiden deducirlos. Por ende, en caso de que un acto de autoridad llegare a afectar los bienes hereditarios, y el interventor o el albacea de la sucesión no estén en funciones, o bien, en el evento de que éstos sean requeridos judicial o notarialmente para que como representantes de la sucesión deduzcan las acciones, defensas y recursos que correspondan a la masa de la herencia, y rehúsen o descuiden deducirlos, es evidente que cualquiera de los herederos está legitimado para promover el juicio de amparo contra aquel acto de autoridad al estar facultados legalmente para ello, y en virtud de que los bienes que forman parte de la masa hereditaria les pertenecen en común, mientras no se haga la división.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 65/2004-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Tercero y Cuarto, ambos en Materia Civil del Tercer Circuito. 16 de marzo de 2005. Cinco votos. Ponente: J.N.S.M.. Secretario: M.G.D..
Tesis de jurisprudencia 37/2005. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha treinta de marzo de dos mil cinco.
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Sentencia Nº 1198/2015 de Juzgado Quinto Especializado En Materia Civil, 30-09-2022
...al de la resolución emitida,según certificación que obra en el expediente. Tiene aplicación, por mayoría de razón, la Jurisprudencia 1a./J. 37/2005, de rubro: “HEREDEROS. ESTÁN LEGITIMADOS PARA PROMOVER JUICIO DE AMPARO EN DEFENSA DE LA MASA HEREDITARIA, SI NO ESTÁ EN FUNCIONES EL INTERVENT......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 20-06-2018 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS) 398/2017)
...Primera Sala, Jurisprudencia, Visible Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXI, Mayo de 2005, Materia(s): Civil, Tesis: 1a./J. 37/2005, Página: 6 Novena Época, Registro: 189821, Primera Sala, Jurisprudencia, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XIII, Mayo ......
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Sentencia N° 346-2017 de la Sala 3, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2017
...de dos mil cinco. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXI, mayo de 2005, página 203, Primera Sala, tesis 1a./J. 37/2005; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXI, mayo de 2005, página Quinta Época, Registr......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 07-10-2015 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 6/2014)
...y, por tanto, en ningún momento la sucesión carecerá de quien la represente. Tiene aplicación, por mayoría de razón, la Jurisprudencia 1a./J. 37/2005, de rubro: “HEREDEROS. ESTÁN LEGITIMADOS PARA PROMOVER JUICIO DE AMPARO EN DEFENSA DE LA MASA HEREDITARIA, SI NO ESTÁ EN FUNCIONES EL INTERVE......