Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Junio de 2004 (Tesis num. 1a./J. 29/2004 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-06-2004 (Contradicción de Tesis))

Número de registro181310
Número de resolución1a./J. 29/2004
Fecha de publicación01 Junio 2004
Fecha01 Junio 2004
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XIX, Junio de 2004; Pág. 162
EmisorPrimera Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaPenal,Derecho Penal

Según el artículo 84, fracción I, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos participar en la introducción al país en forma clandestina de municiones o cartuchos para armas de las que son reservadas del uso exclusivo de las fuerzas armadas es delito y, por otro lado, también constituye una conducta típica si se trata de cartuchos o municiones que no sean de armas de uso reservado, ya que tal artículo, en su parte final, incluye en el tipo penal la participación en la introducción a territorio nacional en forma clandestina de cualquier munición, cartucho, explosivo o material "sujetos a control de acuerdo con esta ley"; por lo que si se trata de cualquiera de tales objetos, cuya regulación esté inmersa en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, será punible.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 96/2003-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero, ambos del Quinto Circuito. 21 de abril de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: H.R.P.. Ponente: J. de J.G.P.. Secretaria: A.N.F.d.C..

Tesis de jurisprudencia 29/2004. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha veintiuno de abril de dos mil cuatro.

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