Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Marzo de 2001 (Tesis num. 1a./J. 1/2001 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-03-2001 (Reiteración))
Número de registro | 190204 |
Número de resolución | 1a./J. 1/2001 |
Fecha de publicación | 01 Marzo 2001 |
Fecha | 01 Marzo 2001 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XIII, Marzo de 2001; Pág. 57 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Reiteración |
Materia | Común |
Si del análisis de una tesis y de la ejecutoria respectiva se advierte que aquélla resulta confusa o no refleja lo que en la ejecutoria se sostiene, para efectos de la contradicción debe atenderse a ésta y no a la tesis redactada, puesto que el criterio que sustenta el órgano que resuelve se encuentra en las consideraciones de la propia resolución.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 37/93. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito. 16 de mayo de 1994. Cinco votos. Ponente: M.A.G.. Secretaria: M.E.F.M.G.P..
Contradicción de tesis 39/98. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Segundo Circuito y el Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito. 27 de mayo de 1998. Cinco votos. Ponente: J.V.C. y C.. Secretario: F.C.H..
Contradicción de tesis 97/97. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Cuarto Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 10 de junio de 1998. Cinco votos. Ponente: O.S.C. de G.V.. Secretaria: M.M.G..
Contradicción de tesis 9/99. Entre las sustentadas por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito y el Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito (actualmente Primero de dicho circuito). 7 de julio de 1999. Cinco votos. Ponente: H.R.P.. Secretario: G.C.O..
Contradicción de tesis 51/99. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, el Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito (ahora Primero) y el Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito (ahora Primero). 17 de mayo de 2000. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.N.S.M.. Ponente: H.R.P.. Secretario: M.Á.Z.V..
Tesis de jurisprudencia 1/2001. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de catorce febrero de dos mil uno, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: presidente J. de J.G.P., J.V.C. y C., H.R.P., J.N.S.M. y O.S.C. de G.V..
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..."Novena Época "Instancia: Primera Sala "Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su "Gaceta "Tomo: XIII, Marzo de 2001 "Tesis: 1a./J. 1/2001 "Página: 57 "CONTRADICCIÓN DE TESIS. CUANDO UNA DE "LAS TESIS CONTENDIENTES ES CONFUSA O "INCOMPLETA DEBE ATENDERSE A LA "EJECUTORIA RESPECTIVA. ......
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...en las ejecutorias relativas, y no a las tesis redactadas cuando éstas resulten confusas o incompletas, según se advierte de la tesis 1a./J 1/2001, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., marzo de 2001, página 57, que “CONTRADICCIÓN DE TESIS. CUA......
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...siguiente: Novena Época Instancia: Primera Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XIII, Marzo de 2001 Tesis: 1a./J. 1/2001 Página: 57 “CONTRADICCIÓN DE TESIS. CUANDO UNA DE "LAS TESIS CONTENDIENTES ES CONFUSA O "INCOMPLETA DEBE ATENDERSE A LA "EJECUTORIA RESPECTI......
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...en las ejecutorias relativas y no a las tesis redactadas, cuando éstas resulten confusas o incompletas, según se advierte de la tesis 1a./J 1/2001, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., marzo de 2001, página 57, que “CONTRADICCIÓN DE TESIS. CUA......