Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Octubre de 2001 (Tesis num. 1a./J. 76/2001 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-10-2001 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 188636 |
Número de resolución | 1a./J. 76/2001 |
Fecha de publicación | 01 Octubre 2001 |
Fecha | 01 Octubre 2001 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XIV, Octubre de 2001; Pág. 79 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Penal |
Del proceso legislativo de la referida reforma se advierte que tuvo como finalidad abandonar el criterio de la peligrosidad como el eje fundamental sobre el que debía girar la individualización de la pena, para adoptar la figura del reproche de culpabilidad. Al respecto, los artículos 51 y 52 del Código Penal Federal vigentes a la fecha, establecen un esquema de individualización de la pena que es una especie de combinación de dos sistemas, el de culpabilidad de acto como núcleo del esquema, y el de culpabilidad de autor como una suerte de cauce hacia una política criminal adecuada. El numeral 52 indica que al imponer la pena respectiva debe atenderse al grado de culpabilidad del agente, en tanto que el artículo 51 dice que deben tenerse en cuenta las circunstancias peculiares del propio sujeto activo, entre las que destaca, en términos del artículo 65 del mismo cuerpo de leyes, la reincidencia. Por otra parte, la fracción VIII del propio artículo 52 señala que debe atenderse a las condiciones propias del sujeto activo, que sirvan para determinar la posibilidad que tuvo el mismo de haber ajustado su conducta a lo previsto en la norma. Todas estas reglas tienen como finalidad específica servir de medio por virtud del cual el derecho penal proporcione la seguridad jurídica a que aspira, teniendo para ello como objetivo la prevención de conductas delictivas, al ser una de las formas que asegura la convivencia de las personas en sociedad, y así cumplir con la prevención especial a que alude el numeral 51 del ordenamiento legal citado, que deriva de la aplicación de la pena a un caso concreto para evitar la posterior comisión de delitos por parte del sentenciado. Por tanto, si bien las alusiones a la culpabilidad deben ser entendidas en la forma de una culpabilidad de acto o de hecho individual, en esas referencias necesariamente deben encontrarse aspectos claramente reveladores de la personalidad del sujeto, ya que es incuestionable que la personalidad desempeña un papel importante en la cuantificación de la culpabilidad, toda vez que es uno de los datos que nos indican el ámbito de autodeterminación del autor, necesario para apreciar el por qué adoptó una resolución de voluntad antijurídica pudiendo adoptar una diferente. En ese orden de ideas, es claro que el juzgador al determinar el grado de culpabilidad del acusado, debe tomar en cuenta sus antecedentes penales, para así estar en posibilidad de verificar si la prevención especial consagrada en el artículo 51 ha funcionado o no.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 16/2000. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos en Materia Penal del Tercer Circuito. 4 de abril de 2001. Mayoría de tres votos. Ausente: H.R.P.. Disidente: J. de J.G.P.. Ponente: J.N.S.M.. Secretario: L.F.A.J..
Tesis de jurisprudencia 76/2001. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de quince de agosto de dos mil uno, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: presidente en funciones J.V.C. y C., H.R.P., J.N.S.M. y O.S.C. de G.V.. Ausente: J. de J.G.P..
Nota: Al resolver la solicitud de modificación de jurisprudencia 9/2011, la Primera Sala determinó modificar el criterio contenido en la tesis 1a./J. 76/2001, derivado de la contradicción de tesis 16/2000-PS, para sostener el diverso criterio que se refleja en la tesis 1a./J. 110/2011 (9a.) de rubro: ?CULPABILIDAD. PARA DETERMINAR SU GRADO NO DEBEN TOMARSE EN CUENTA LOS ANTECEDENTES PENALES DEL PROCESADO.?, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro V, febrero de 2012, Tomo 1, página 643.
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 14-11-2007 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 100/2007-PS)
...Época.- Instancia: Primera Sala.- Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.- XIV, Octubre de 2001.- Página: 79.- Tesis: 1a./J. 76/2001.- Jurisprudencia.- Materia(s): Penal. --- ‘CULPABILIDAD. PARA DETERMINAR SU GRADO, DEBEN TOMARSE EN CUENTA LOS ANTECEDENTES PENALES DEL PROCE......
-
Sentencia nº SUP-RAP-0195-2008 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 7 de Noviembre de 2008
...nuevo delito. Novena Época Instancia: Primera Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XIV, Octubre de 2001 Tesis: 1a./J. 76/2001 Página: 79 CULPABILIDAD. PARA DETERMINAR SU GRADO, DEBEN TOMARSE EN CUENTA LOS ANTECEDENTES PENALES DEL PROCESADO, EN TÉRMINOS DE LA REFORMA ......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 08-04-2005 (INCONFORMIDAD 61/2005)
...DE CONDUCTA PRECEDENTE EN LA DETERMINACIÓN DEL GRADO DE. (Se transcribe)’. Asimismo, es aplicable al caso concreto, la jurisprudencia 1a./J. 76/2001, de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, localizada en la página 79, del Semanario Judicial de la Federación y su Gac......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 08-06-2011 ( AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 938/2011 )
...Primera Sala Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XIV, Octubre de 2001 Materia(s): Penal Tesis: 1a./J. 76/2001 Página: 79 “CULPABILIDAD. PARA DETERMINAR SU GRADO, DEBEN TOMARSE EN CUENTA LOS ANTECEDENTES PENALES DEL PROCESADO, EN TÉRMINOS DE LA REFORM......
-
Panorama sobre la evolución del PJF en materia penal
...POR LO QUE A ESE ASPECTO SE REFIERE Y SIEMPRE QUE CONTRA ÉSTAS NO PROCEDA MEDIO ORDINARIO ALGUNO DE DEFENSA. [14] Jurisprudencia 1a./J. 76/2001, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el tom......
-
La individualización de la pena, su necesario análisis en la Reforma penal 2007-2008
...indiscriminada, a nivel legislativo, de modelos que responden a distintas teorías-40 como se desprende de la tesis de jurisprudencia 1a./J. 76/2001.41 La determinación del quantum en la práctica Como hemos visto, con independencia de que el sistema de determinación del quantum de la pena se......
-
La práctica de la criminología en los centros de reclusión
...indiscriminada, a nivel legislativo, de modelos que responden a distintas teorías—, como se desprende de la tesis de jurisprudencia 1a./j. 76/2001.23Como hemos visto, con independencia de que el sistema de determinación del quantum de la pena se refiera al llamado derecho penal de acto o a ......