Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Octubre de 2001 (Tesis num. 1a./J. 39/2001 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-10-2001 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 188499 |
Número de resolución | 1a./J. 39/2001 |
Fecha de publicación | 01 Octubre 2001 |
Fecha | 01 Octubre 2001 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XIV, Octubre de 2001; Pág. 247 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Penal |
En el tipo especial del delito de robo previsto en el artículo 371, párrafo tercero, del Código Penal para el Distrito Federal, el medio comisivo de violencia se configura en términos de lo dispuesto en el diverso numeral 373 del propio ordenamiento legal, que dice: "La violencia a las personas se distingue en física y moral.-Se entiende por violencia física en el robo: la fuerza material que para cometerlo se hace a una persona.-Hay violencia moral: cuando el ladrón amaga o amenaza a una persona, con un mal grave, presente o inmediato, capaz de intimidarla."; ahora bien, conforme a una interpretación auténtica mediante el método sistemático, resulta que no se debe exigir para la acreditación de los elementos del delito, cuando sea ejecutado bajo el medio comisivo de violencia, que además se tenga que probar la disminución de las posibilidades de defensa de la víctima o que se le puso en condiciones de desventaja, en virtud de que estas situaciones personales sólo se requieren demostrar cuando el medio comisivo no sea la violencia o la acechanza, sino cualquier "otra circunstancia", pues interpretar lo contrario llevaría, en principio, a exigir para acreditar el citado medio comisivo, mayores requisitos que los previstos en la ley, y en segundo término, se contravendría la intención del legislador, quien, atendiendo a la exposición de motivos que dio origen al precepto en cita, buscó atenuar la impunidad derivada de los tecnicismos jurídicos y lagunas legales, y estableció una nueva forma para sancionar más severamente los robos, sin importar su monto, que sean realizados por dos o más sujetos activos generalmente a través de la violencia.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 6/2000-PS. Entre las sustentadas por el Primero, Segundo y Cuarto Tribunales Colegiados en Materia Penal del Primer Circuito. 28 de marzo de 2001. Cinco votos. Ponente: J. de J.G.P.. Secretaria: M.E.A.G..
Tesis de jurisprudencia 39/2001. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de veintitrés de mayo de dos mil uno, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: presidente J. de J.G.P., H.R.P., J.N.S.M. y O.S.C. de G.V.. Ausente: J.V.C. y C..
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 19-09-2012 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 991/2012)
...no fuera localizada el arma, de ninguna manera genera la no actualización de la citada calificativa, de conformidad con la jurisprudencia 1a./J. 39/2001, sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo rubro dice: “ROBO. LA VIOLENCIA COMO MEDIO COMISIVO DEL......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 03-05-2019 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 7488/2018)
...el ilícito se perpetró con las calificativas encontrándose la víctima en vehículo particular y violencia moral. Citó la jurisprudencia 1a./J. 39/2001, sustentada por la Primera Sala, de rubro: “ROBO. LA VIOLENCIA COMO MEDIO COMISIVO DEL DELITO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 371, PÁRRAFO TERCERO, D......
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Ejecutoria num. 327/2011 de Tribunales Colegiados de Circuito, 01-03-2012 (AMPARO DIRECTO)
...254 y 286 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal. En apoyo a lo antepuesto, se cita la tesis de jurisprudencia 1a./J 39/2001 de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página 247, T.X., octubre de 2001, Novena Época del Semanario ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 23-04-2014 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 124/2014)
...página 855, del Semanario Judicial de la Federación y su G., L.V., abril de 2012, Tomo I, Primera Sala, Décima Época. 10 Jurisprudencia 1a./J. 39/2001, publicada en la página 247, del Semanario Judicial de la Federación y su G., T.X., octubre de 2001, Primera Sala, Novena 11 Sobre el tema e......