Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Agosto de 1998 (Tesis num. 1a./J. 43/98 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-08-1998 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 195649 |
Número de resolución | 1a./J. 43/98 |
Fecha de publicación | 01 Agosto 1998 |
Fecha | 01 Agosto 1998 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; VIII, Agosto de 1998; Pág. 166 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Civil |
Atendiendo al sentido literal del requisito previsto en el artículo 170, fracción VI de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, basta que en un pagaré la persona que reconoce deber a otra y se obliga incondicionalmente a pagarle una cantidad determinada, estampe su firma, o en su caso, lo haga quien firme a su ruego o en su nombre, para estimar satisfecho dicho requisito, pues precisamente, a través de la firma se expresa la voluntad de cumplir con la obligación consignada en dicho documento; de ahí que resulte irrelevante que se señale enseguida de ese signo inequívoco que tiene el carácter de "suscriptor", pues si ello se omite, no puede dar lugar a que se considere que no puede producir sus efectos legales procedentes conforme a lo estipulado en el artículo 14 de la ley antes citada.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 93/97. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito. 1o. de julio de 1998. Cinco votos. Ponente: J. de J.G.P.. Secretario: I.M.P..
Tesis de jurisprudencia 43/98. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de ocho de julio de mil novecientos noventa y ocho, por unanimidad de cinco votos de los Ministros: presidente H.R.P., J.V.C. y C., J. de J.G.P., J.N.S.M. y O.S.C. de G.V..
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 26-06-2019 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS) 143/2019)
...(…) II.- Las que se funden en el hecho de no haber sido el demandado quien firmó el documento; (…)". 26 Tesis de jurisprudencia (Civil) 1a./J. 43/98, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.V., agosto de 1998, página 166, con número de registro 1956......
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Sentencia Nº 0123/2022 de Juzgado Noveno Especializado En Materia Mercantil, 15-12-2022
...de la jurisprudencia de registro y rubro siguiente: Registro digital: 195649 Instancia: Primera Sala Novena Época Materia(s): Civil Tesis: 1a./J. 43/98 Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo VIII, Agosto de 1998, página 166 Tipo: Jurisprudencia “PAGARÉ. NO ES NECESARI......
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Sentencia con número de expediente 57/2022. Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto, 2022-06-01
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Sentencia N° 379-2012 de la Sala 5, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2012
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