Tesis Jurisprudencial de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 306 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Reiteración))

Número de registro390175
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Teniendo en cuenta la disposición legal contenida en la parte final del artículo 372 del Código Penal del Distrito Federal, que tiene su equivalente en otras legislaciones, en el sentido de que "si la violencia constituye otro delito, se aplicarán las reglas de la acumulación", debe decirse que en el caso de robo en que la violencia se utiliza como medio preordenado para lograr el apoderamiento y dicha violencia integra otro tipo (lesiones, homicidio, etc.), no debe sancionarse el robo como calificado por violencia y además sancionarse el delito que integró dicha violencia, pues si tal se hiciera se estaría recalificando una situación al sancionarla como constitutiva de la calificativa del robo y al mismo tiempo como constitutiva de otro delito.

Séptima Epoca:


Amparo directo 2464/59. F.T.B.. 25 de enero de 1960. Unanimidad de cuatro votos.


Amparo directo 3638/60. J.V.O. y coags. 8 de agosto de 1960. Unanimidad de cuatro votos.


Amparo directo 2215/60. J.G.L.. 7 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos.


Amparo directo 4078/69. R.R.O.. 23 de enero de 1970. Cinco votos.


Amparo directo 3461/72. A.A.L. y N.A.L.. 10 de enero de 1973. Cinco votos.



VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR