Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 8 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Contradicción de Tesis))

Número de registro920263
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaPenal,Derecho Penal,Derecho Constitucional
EmisorPrimera Sala

El hecho de que el artículo 19 de la Constitución Federal establezca los requisitos de fondo y de forma que todo auto de formal prisión o de sujeción a proceso debe contener, no significa que para su dictado sólo deba cumplirse con lo previsto en el mencionado precepto constitucional. Ello es así, porque para que la afectación que sufre el inculpado en sus intereses, con motivo de ese acto de autoridad, pueda considerarse como válida, el auto de referencia debe reunir, además de los requisitos citados, todas aquellas exigencias y condiciones contenidas en las garantías de seguridad jurídica consagradas en la Carta Magna, entre otras, que dicho auto conste por escrito, proceda de una autoridad judicial, se encuentre fundado y motivado y que se dicte respecto de un delito castigado con pena corporal; garantías que ante la imposibilidad material de encontrarse contenidas en un solo artículo, deben ser aplicadas armónicamente, a fin de dar certidumbre y protección al particular. En tal virtud, debe decirse que en el dictado del auto de término constitucional pueden violarse derechos públicos subjetivos diversos a los que consagra el aludido precepto constitucional, lo que dependerá de que las autoridades cumplan o no con todas y cada una de las garantías de seguridad jurídica contempladas en la Ley Fundamental.

Novena Época:


Contradicción de tesis 71/97.-Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito y el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito.-21 de junio de 2000.-Cinco votos.-Ponente: O.S.C. de García Villegas.-Secretaria: A.C.C. Posada.


Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XII, octubre de 2000, página 79, Primera Sala, tesis 1a./J. 20/2000; véase la ejecutoria en la página 80 de dicho tomo.

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