Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Abril de 2007 (Tesis num. 1a./J. 6/2007 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-04-2007 (Contradicción de Tesis))

Número de registro172820
Número de resolución1a./J. 6/2007
Fecha de publicación01 Abril 2007
Fecha01 Abril 2007
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXV, Abril de 2007; Pág. 53
EmisorPrimera Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaCivil

El artículo 1076 del Código de Comercio establece como sanción por la inactividad procesal en los juicios mercantiles la caducidad de la instancia, y en su fracción VI prevé como excepción para que opere la mencionada sanción, los casos en que es necesaria la resolución de una cuestión previa, es decir, cuando la continuación del procedimiento debe esperar la respuesta a un planteamiento que deba resolverse con anterioridad. Ahora bien, tal planteamiento puede realizarse a través del recurso de apelación, y si bien es cierto que cuando éste es admitido sólo en efecto devolutivo no se suspende la ejecución de la resolución impugnada, también lo es que para determinar si su interposición constituye una excepción para que opere la caducidad de la instancia conforme a la hipótesis señalada (fracción VI del artículo 1076 del Código de Comercio), debe atenderse a la naturaleza de la cuestión que el recurso debe resolver y no al efecto en que éste se admitió. Así, con la interposición del recurso de apelación cuya materia esté constituida por el análisis de una cuestión que deba resolverse previamente a la continuación del procedimiento dejará de operar la caducidad de la instancia, pues es necesario esperar la resolución de esa cuestión trascendental para la debida consecución del juicio, sin que sea óbice que el recurso de apelación sólo se haya admitido en efecto devolutivo, pues la excepción referida encuentra justificación en la naturaleza previa de lo que debe resolverse, no así en el efecto en que aquél se admita.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 34/2006-PS. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado de Décimo Segundo Circuito, el Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito y los Tribunales Colegiados Tercero y Noveno, ambos en Materia Civil del Primer Circuito. 10 de enero de 2007. Mayoría de tres votos. Disidentes: J.R.C.D. y S.A.V.H.. Ponente: O.S.C. de G.V.. Secretaria: A.C.C. Posada.

Tesis de jurisprudencia 6/2007. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha diecisiete de enero de dos mil siete.

54 sentencias
1 artículos doctrinales
  • Tesis Tribunales Colegiados del Octavo Circuito
    • México
    • Compilación de Tesis Civiles, Familiares y Mercantiles
    • 5 Junio 2012
    ...Novena Época; Instancia: Primera Sala; Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; XXV, Abril de 2007; Página: 53; Tesis: 1a./J. 6/2007; Jurisprudencia; Materia(s): CADUCIDAD DE LA INSTANCIA EN EL PROCEDIMIENTO MERCANTIL. NO OPERA CUANDO LA MATERIA DEL RECURSO DE APELACIÓN ADMI......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR