Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Septiembre de 2011 (Tesis num. 1a./J. 65/2011 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-09-2011 (Contradicción de Tesis))

Número de resolución1a./J. 65/2011
Fecha de publicación01 Septiembre 2011
Fecha01 Septiembre 2011
Número de registro160991
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXIV, Septiembre de 2011; Pág. 935
EmisorPrimera Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaComún

No se acredita un criterio de excepción que justifique un trato diferenciado y disminución en la capacidad jurídica de la consorte que promueve un amparo en su calidad de administradora de los bienes de la sociedad legal, por el hecho de haber contraído matrimonio bajo un régimen que se lo impedía, toda vez que el reconocimiento del principio de igualdad debe aplicarse aun en las sociedades legales constituidas bajo la vigencia de una ley anterior, porque se trata de un derecho tutelado en el artículo 4o., primer párrafo de la Constitución Federal, que impide una interpretación retroactiva en perjuicio de la quejosa.

Contradicción de tesis 373/2010. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito y el entonces Segundo Tribunal Colegiado del Tercer Circuito, actual Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito. 11 de mayo de 2011. Cinco votos. Ponente: A.Z.L. de L.. Secretaria: Y.P.F.C..


Tesis de jurisprudencia 65/2011. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha veinticinco de mayo de dos mil once.

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