Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Junio de 2008 (Tesis num. 1a./J. 17/2008 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-06-2008 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 169410 |
Número de resolución | 1a./J. 17/2008 |
Fecha de publicación | 01 Junio 2008 |
Fecha | 01 Junio 2008 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXVII, Junio de 2008; Pág. 270 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Penal |
Si del informe con justificación aparece que el acto reclamado originariamente (una orden de aprehensión) ha sido sustituido por uno diverso (el auto de formal prisión), por cuya virtud se genera un cambio en la situación jurídica del quejoso, el Juez de Distrito debe decretar el sobreseimiento, pues al ser la improcedencia del juicio de garantías una cuestión de orden público y estudio preferente, el juzgador está obligado a decretarlo en cuanto aparece la causal, sin dar vista previa al quejoso, aunque tal circunstancia se conozca con la rendición del informe justificado. Lo anterior se corrobora con las consideraciones sustentadas por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la contradicción de tesis 26/2002-PL, de la que derivó la tesis 2a./J. 10/2003, publicada con el rubro: "SOBRESEIMIENTO. PROCEDE DECRETARLO FUERA DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, CUANDO SE ACTUALICE UNA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA, MANIFIESTA E INDUDABLE.". Además, esta solución no se opone a la regla emitida en la tesis P./J. 15/2003, de rubro: "AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO. SUPUESTOS EN LOS QUE PROCEDE.", que permite ampliar la demanda de amparo incluso si ya se rindió el mencionado informe, pues con dicho criterio el Tribunal en Pleno no obliga al juzgador a permitir la ampliación en todos los casos, sino sólo cuando sea ineludible la vinculación entre el acto originalmente reclamado y el nuevo, lo cual no puede predicarse cuando ha operado cambio de situación jurídica en términos del artículo 73, fracción X, de la Ley de Amparo; sin que pueda considerarse que ello afecta al quejoso, quien puede combatir el auto de sobreseimiento a través de la revisión o promover otra demanda de garantías respecto del nuevo acto.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 129/2007-PS. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Séptimo Circuito. 30 de enero de 2008. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: O.S.C. de G.V.. Ponente: J. de J.G.P.. Secretario: M.B.L..
Tesis de jurisprudencia 17/2008. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha seis de febrero de dos mil ocho.
Nota: Las tesis 2a./J. 10/2003 y P./J. 15/2003, citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., marzo de 2003, página 386 y XVIII, julio de 2003, página 12, respectivamente.
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Sentencia con número de expediente 432/2022. Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de Guanajuato, 2022-05-27
...autoridad precisada, en términos de la fracción V, del artículo 63 de la citada ley. Sirve de fundamento a lo anterior, la jurisprudencia 1a./J. 17/2008 de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XXVII......
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Sentencia con número de expediente 409/2023. Juzgado Cuarto de Distrito en La Laguna, 2023-06-23
...la nueva situación jurídica creada por el acto sobrevenido. Brinda apoyo a lo anterior, por la razón que la rige, la jurisprudencia 1a./J. 17/2008, con registro 169410, sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la consultable en Semanario Judicial de la Federación y ......
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Sentencia con número de expediente 81/2023. Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, 2023-02-24
...de migración y encontrarse en libertad fuera del territorio nacional. Por identidad jurídica sustancial, se cita la jurisprudencia 1a./J. 17/2008 de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del epígrafe siguiente: “SOBRESEIMIENTO POR CAMBIO DE SITUACIÓN JURÍDICA. PROCED......
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Sentencia con número de expediente 37/2023. Tribunal Colegiado en Materia Penal del Noveno Circuito, 2023-03-24
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Bibliografía
...en la contradicción 7/2008-PS que fue declarada sin materia por la Primera Sala, toda vez que sobre el tema tratado existe la tesis 1a./J. 17/2008. Esta tesis contendió en la contradicción 15/2008-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 45/2008, que aparece publica......
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Artículo 16 constitucional
...en la contradicción 7/2008-PS que fue declarada sin materia por la Primera Sala, toda vez que sobre el tema tratado existe la tesis 1a./J. 17/2008. Esta tesis contendió en la contradicción 15/2008-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 45/2008, que aparece publica......