Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Febrero de 2008 (Tesis num. 1a./J. 3/2008 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-02-2008 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 170391 |
Número de resolución | 1a./J. 3/2008 |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2008 |
Fecha | 01 Febrero 2008 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXVII, Febrero de 2008; Pág. 151 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Penal,Derecho Penal |
Conforme al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde a la autoridad judicial, a través del auto de formal prisión, clasificar los hechos ante ella consignados y determinar qué delitos configuran, por lo que también está facultada para cambiar la clasificación del delito, esto es, modificar aquel por el que se ejerció la acción penal, y sujetar a proceso al acusado por otro, con base en el cual se normará la instrucción, siempre y cuando no se varíen los hechos de la acusación. Es decir, la N.F. prohíbe la modificación de la sustancia de los hechos, pero no su apreciación técnica o su denominación legal. Ahora bien, la concesión del amparo contra el auto de formal prisión, por no haberse acreditado el cuerpo del delito o la probable responsabilidad del indiciado, trae consigo la declaratoria de invalidez de dicho auto, por lo que, formalmente, ya no estará sujeto a la etapa procedimental de la instrucción y será indispensable que la autoridad responsable defina su situación jurídica, pudiendo presentarse dos hipótesis: que aquélla reclasifique el delito por el cual se dictó el primer auto de formal prisión y se inicie el juicio por el ilícito cometido, en cumplimiento al artículo 19 mencionado, o bien, que no esté en condiciones de hacerlo porque ello implicaría variar los hechos materia de la consignación, en cuyo caso podrá dictar un auto de libertad por falta de elementos para procesar, con las reservas de ley. Por tanto, en la sentencia que concede el amparo contra el auto de formal prisión dictado incorrectamente el juzgador puede reservar plenitud de jurisdicción a la autoridad responsable para que, en su caso, reclasifique el delito por el cual se ejerció la acción penal y se continúe la instrucción, pues dicha facultad de reclasificación no se fundamenta en una declaratoria judicial, sino en el indicado precepto constitucional; sin que con ello se agrave la situación del inculpado, porque la autoridad de amparo no vincula a la responsable a dictar un nuevo auto de formal prisión, debidamente fundado y motivado, sino que sólo reconoce la posibilidad de reclasificar el delito.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 103/2007-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Séptimo, ambos en Materia Penal del Primer Circuito. 28 de noviembre de 2007. Cinco votos. Ponente: J. de J.G.P.. Secretaria: C.C.R..
Tesis de jurisprudencia 3/2008. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha cinco de diciembre de dos mil siete.
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 10-09-2012 (REVISIÓN ADMINISTRATIVA 2/2012)
...Primera Sala Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXVII, Febrero de 2008, Materia(s): Penal Tesis: 1a./J. 3/2008 Página: AUTO DE FORMAL PRISIÓN. EN LA SENTENCIA QUE CONCEDE EL AMPARO EN SU CONTRA PUEDE RESERVARSE PLENITUD DE JURISDICCIÓN A LA AUTORIDAD RESP......
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Sentencia con número de expediente 352/2022. Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Hidalgo, con residencia en Pachuca, 2022-07-05
...respectivo y resolverá lo que corresponda con libertad de jurisdicción. Por identidad de argumentos, apoya lo anterior, la jurisprudencia 1a./J. 3/2008, emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta,......
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Sentencia con número de expediente 170/2023. Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla, 2023-05-08
...al estudio del tercero y cuarto de los 44 Registro digital: 170391. Instancia: Primera Sala. Novena Época. Materia(s): Penal. Tesis: 1a./J. 3/2008. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo Febrero de 2008, página 15. Tipo: Jurisprudencia. Zeus Islas González 70.6a.66.20......
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Sentencia N° 58-2021 de la Sala 1, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2021
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Bibliografía
...Ponente: José Luis González. Secretario: Nicolás Alvarado Ramírez. Nota: La jurisprudencia citada aparece publicada con la clave 1a./J. 3/2008 en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVII, Febrero de 2008, pág. 10ª Época [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y s......
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Artículo 16 constitucional
...Ponente: José Luis González. Secretario: Nicolás Alvarado Ramírez. Nota: La jurisprudencia citada aparece publicada con la clave 1a./J. 3/2008 en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVII, Febrero de 2008, pág. [89] Cfr. [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y s......