Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Julio de 2008 (Tesis num. 1a./J. 39/2008 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-07-2008 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 169357 |
Número de resolución | 1a./J. 39/2008 |
Fecha de publicación | 01 Julio 2008 |
Fecha | 01 Julio 2008 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXVIII, Julio de 2008; Pág. 180 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Penal |
La posesión de cualquier cantidad de cartuchos para armas de fuego con calibre permitido, es decir, de las previstas en los artículos 9 y 10 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos es ilícita y punible en términos de los artículos 11 y 83 Quat de la Ley indicada, si cuentan con artificios especiales. Lo anterior es así, toda vez que los artificios especiales de los cartuchos implican que éstos tienen características que los hacen mucho más dañinos y, por tanto, acusan mayor peligrosidad que los normales; de ahí que aunque el calibre del cartucho sea del relativo a las armas de fuego permitidas, al ser más peligrosos no pueden ser poseídos libremente por los particulares. En efecto, del artículo 11, inciso f), del ordenamiento referido se advierte que son de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea las municiones correspondientes a las armas que el propio precepto enuncia, así como los cartuchos con artificios especiales como trazadores, incendiarios, perforantes, fumígenos, expansivos, de gases y los cargados con postas superiores al "00" (.84 cms. de diámetro) para escopeta; de ahí que su tenencia en cualquier cantidad es punible por el solo hecho de ser de uso exclusivo de las fuerzas castrenses; máxime si al establecer como reservados los cartuchos mencionados, el legislador no hizo distinción alguna en relación con su calibre.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 127/2007-PS. Entre las sustentadas por el Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito y el actual Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Sexto Circuito. 26 de marzo de 2008. Mayoría de cuatro votos. Disidente: J.R.C.D.. Ponente: O.S.C. de G.V.. Secretaria: M.M.G..
Tesis de jurisprudencia 39/2008. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha dos de abril dos mil ocho.
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Sentencia con número de expediente 93/2022. Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Sonora, 2021-09-17
...Corte de Justicia de la Nación, en la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 127/2007-PS, de la que derivó la jurisprudencia 1a./J. 39/2008, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Novena Época, Tomo XXVIII, julio de 2008, página 180, de rubro: "CARTUCHOS PARA ARMA......
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Sentencia con número de expediente 57/2022. Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Sonora, 2012-07-01
...Corte de Justicia de la Nación, en la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 127/2007-PS, de la que derivó la jurisprudencia 1a./J. 39/2008, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVIII, julio de 2008, página 180, de rubro: "CARTUCHOS P......
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Tesis, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Sexto Circuito, 1 de Marzo de 2012 (Tesis num. XVI.P. J/7 (9a.) de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Sexto Circuito, 01-03-2012 (Reiteración))
...Corte de Justicia de la Nación, en la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 127/2007-PS, de la que derivó la jurisprudencia 1a./J. 39/2008, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., julio de 2008, página 180, de rubro: "CARTUCHOS PARA ARM......
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Tesis Aislada, , 1 de Abril de 2010 (Tesis num. XVI.P.18 P de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Sexto Circuito, 01-04-2010 (Tesis Aisladas))
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