Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Julio de 2008 (Tesis num. 1a./J. 51/2008 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-07-2008 (Contradicción de Tesis))

Número de registro169369
Número de resolución1a./J. 51/2008
Fecha de publicación01 Julio 2008
Fecha01 Julio 2008
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXVIII, Julio de 2008; Pág. 122
EmisorPrimera Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaCivil,Derecho Civil

Si los tribunales de apelación califican de inoperantes los agravios y enseguida los analizan como si fueran válidos, declarándolos infundados, incurren en una conducta procesal incorrecta e incongruente que atenta contra la técnica jurídica del estudio de los agravios propuestos; sin embargo, esa determinación no provoca indefensión a los recurrentes, pues al impugnarse a través del medio legal correspondiente, podrán controvertirse todas las consideraciones en que se apoyó la responsable para resolver como lo hizo. Así, al haber analizado la responsable los agravios planteados en cuanto al fondo del asunto y no haberse quedado en la inoperancia, el órgano jurisdiccional que conozca del mismo, se ocupará del fondo del asunto, lo cual redunda en beneficio de los apelantes.

Contradicción de tesis 98/2007-PS. Entre los criterios sustentados por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito. 16 de abril de 2008. Cinco votos. Ponente: O.S.C. de G.V.. Secretario: F.O.E.C..


Tesis de jurisprudencia 51/2008. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha catorce de mayo de dos mil ocho.

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