Tesis Aislada, (Tesis de Sala Auxiliar (Tesis Aisladas))

Número de registro245477
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

De lo dispuesto en el artículo 74, fracción V, de la Ley de Amparo, se desprende que para que proceda el sobreseimiento de los juicios de amparos directos es necesario que el acto o actos en ellos reclamados sean del orden civil o administrativo y que haya transcurrido un término de trescientos días sin que el quejoso haya promovido ni se haya registrado acto procesal alguno en los autos, que impulse el procedimiento.

Amparo directo 5432/77. F.A.F.P.. 13 de febrero de 1984. Mayoría de cuatro votos. Ponente: S.M.R..

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