Tesis Aislada, (Tesis de Sala Auxiliar (Tesis Aisladas))

Número de registro245447
MateriaPenal,Derecho Penal

No es atendible el argumento en el sentido de que al no quedar comprobado el cuerpo del delito de contrabando, menos puede estarlo el equiparable al contrabando; al respecto debe precisarse que para la existencia del segundo ilícito no es indispensable la acreditación del primero, porque los elementos materiales que integran cada tipo legal son diferentes, esto es, en el delito de contrabando que prevé el artículo 46 del Código Fiscal de la Federación, basta para su configuración que alguien introduzca al país o extraiga de él mercancía cuya importación o exportación esté prohibida, o introduzca al país vehículos importados prohibidos, o en ambos casos, si no se cuenta con el permiso correspondiente cuando se requiera al efecto, o bien, se omita el pago de los impuestos que deban cobrarse; mientras que en el delito equiparable al contrabando, previsto en la fracción VI del artículo 51 del Código Fiscal de la Federación, es suficiente...

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