Tesis Aislada, , 1 de Junio de 1988 (Tesis de Sala Auxiliar, 01-06-1988 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1988
Fecha01 Junio 1988
Número de registro208059
Localizador8a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; I, Primera Parte-2, Enero a Junio de 1988; Pág. 434
MateriaComún

Conforme al artículo 80 de la Ley de Amparo, cuando el acto reclamado es de carácter positivo, la sentencia de amparo tiene por objeto restituir al agraviado en el goce de la garantía individual violada, restableciendo las cosas al estado que guardaban antes de la violación. Ahora bien, en el caso según se desprende de los hechos reseñados y se demuestra con las constancias de autos, el inmueble propiedad del inconforme fue expropiado, trayendo como consecuencia la destrucción tanto de su casa como los muebles que se encontraban en esta última y las autoridades responsables en pretendido cumplimiento de la sentencia de amparo dictada por el a quo, se limitaron a ofrecer al ahora inconforme una indemnización, la cual únicamente se puede considerar como el cumplimiento a una obligación constitucional inherente a la expropiación. No es óbice para la anterior conclusión el hecho de que al momento del otorgamiento de la protección constitucional al quejoso, la obra de interés público, motivo de la expropiación del inmueble, estuviese ya realizada, en virtud de que si bien las...

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