Tesis Aislada, (Tesis de Sala Auxiliar (Tesis Aisladas))

Número de registro807086
MateriaAdministrativa

El 29 de diciembre de 1947 se publicó el decreto que reforma la fracción X del artículo 73 de la Carta Política de la Nación, y, por conducto de esa reforma constitucional, quedó federalizada la materia de "juegos con apuestas y sorteos", por se de la exclusiva competencia del Congreso Legislativo de la República, legislar en todo lo concerniente a esa materia. La reforma constitucional de que se trata motivó la expedición de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, promulgada el 30 de diciembre de 1947 y la Ley Federal del Impuesto sobre L., Rifas, Sorteos y Juegos Permitidos, publicada en el diario Oficial de la Federación del 31 de los propios mes y año antes invocados. El artículo 12 de la segunda de las leyes nombradas, esto es, de la Ley Federal del impuesto sobre L., Rifas, Sorteos y Juegos Permitidos, determina que los empresarios de juego de frontón con apuestas, causarán un impuesto del cincuenta por ciento, sobre el importe de las sumas que descuenten a su favor, de las apuestas cruzadas. A su vez, el artículo 19 de la misma ley impositiva considera que los empresarios de loterías, rifas, sorteos y juegos permitidos no causarán ningún otro impuesto federal, con excepción del de la renta, por los ingresos, ganancias, actividades u operaciones a que se refiere la propia ley, comprendiendo esta exención el espectáculo público que se explote en conexión con los juegos permitidos, y cuando la cuota del impuesto a cargo de la empresa que efectúe loterías, rifas, sorteos o juegos permitidos, exceda del cuarenta por ciento de los ingresos que perciba por venta de los boletos o contraseñas que den derecho a participar en el evento, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá autorizar que el excedente sobre dicho cuarenta por ciento, se aplique en cuenta del impuesto sobre la renta en cédula I, que sea a cargo de la respectiva empresa. El problema planteado estriba en decidir si el...

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