Tesis Aislada, (Tesis de Sala Auxiliar (Tesis Aisladas))

Número de registro814841
MateriaCivil

Si la parte quejosa en el juicio de garantías manifiesta que han cesado los efectos del acto reclamado, en razón de que los inmuebles materia del litigio voluntariamente la habían sido entregados por contraria, y porque ésta se había desistido del cobro de costas, todos estos hechos deben tenerse por ciertos en virtud de que están confesados por la parte a quien perjudican y en beneficio de su contraria, y debe sobreseerse en el juicio con fundamento en el artículo 73 fracción XVI y 74 fracción III de la Ley de Amparo.

Amparo directo 8057/43. Petróleos Mexicanos. 16 de julio de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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