Tesis Aislada, (Tesis de Sala Auxiliar (Tesis Aisladas))

Número de registro818859
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

La Ley de Divorcio de Yucatán, en su artículo 5o., establece un procedimiento que no puede estimarse que sea el de un juicio propiamente dicho, pues para ello es necesario que se oiga en defensa al demandado, y que se reciban las pruebas pertinentes dentro del término correspondiente, presentando las partes posteriormente sus alegatos, circunstancias todas que sirven para fundar la sentencia respectiva; y como conforme a la citada ley, basta la manifestación de uno de los cónyuges de ser su voluntad divorciarse y se omiten los trámites esenciales de todo juicio, la sentencia que se dicte vulnera, en perjuicio del demandado, las garantías que le otorga el artículo 14 constitucional y, además, el citado artículo 5o., está en pugna con las disposiciones del Código Civil de Yucatán, puesto que deja el cumplimiento del contrato matrimonial a la voluntad de una sola de las partes, debiéndose tener en cuenta, para tachar de...

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