Tesis Aislada, (Tesis num. 1272 de Sala Auxiliar (Tesis Aisladas))

Número de registro906213
MateriaPenal

La denuncia de hechos formulada ante la Oficina de Control de la División de Investigaciones para la Prevención de la Delincuencia no es apta para configurar el delito de falsedad en informes dados a una autoridad distinta de la judicial, ya que el jefe de la oficina de control mencionada no tiene el carácter de autoridad pública, entendiendo por ese concepto la calidad con que es investido el funcionario del Estado cuando ejerce sus actividades dentro del ámbito de sus atribuciones legales; pues no tratándose de autoridad encargada de la investigación y persecución de los delitos ni estar bajo las órdenes del Ministerio Público, en los términos del artículo 21 constitucional, no es admisible que haya podido legalmente interrogar al denunciante, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, por lo que lo manifestado en la denuncia no puede configurar el tipo legal contenido en la fracción I del artículo 247 del...

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