Tesis Aislada, (Tesis num. 164 de Sala Superior (Tesis Aisladas))

Número de registro922783
MateriaOtra

En el artículo 310, fracción I, de la Ley Electoral del Estado de Baja California Sur, se establece que es causa de nulidad la instalación de la casilla electoral, en lugar distinto al señalado o en condiciones diferentes a las establecidas por la ley sin causa justificada. Una interpretación sistemática y funcional de dicho precepto con el conjunto de normas que regulan el lugar de ubicación, lleva a concluir que las condiciones diferentes a las que se refiere, no pueden ser otras sino aquellas que prohíben la instalación de la casilla en determinados sitios y su ubicación en las que reúnan ciertas características, puesto que la norma que se interpreta, debe vincularse con el resto del contenido del precepto, esto es, con su primera parte, en donde se refiere exclusivamente al lugar de...

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