Tesis Jurisprudencial, (Tesis num. 222 de Sala Superior (Reiteración))

Número de registro919293
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaOtra

Como de las disposiciones que integran el Estatuto del Servicio Profesional Electoral, las del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y las de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se aprecia que tales ordenamientos no contienen precepto alguno que faculte o permita al Instituto Federal Electoral reconvenir al trabajador dentro de un conflicto de carácter laboral, ello origina la improcedencia de la reconvención que el Instituto demandado plantee contra el servidor.

Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales entre el Instituto Federal Electoral y sus servidores. SUP-JLI-022/97.-Rafael H.A.D. de julio de 1997.-Unanimidad de...

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