Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Marzo de 2010 (Tesis num. 2a. XI/2010 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-03-2010 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. XI/2010
Fecha de publicación01 Marzo 2010
Fecha01 Marzo 2010
Número de registro165079
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Marzo de 2010; Pág. 1049
EmisorSegunda Sala
MateriaAdministrativa,Constitucional,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

El deber del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de reconocer o constatar la existencia del derecho subjetivo del actor en el juicio contencioso administrativo, antes de ordenar que se restituya, se reduzca el importe de una sanción o se condene a una indemnización, contenido en los artículos 50, penúltimo párrafo, y 52, fracción V, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, está inspirado en la garantía de justicia pronta y completa establecida en el artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, porque con ello se intenta evitar que el actor obtenga un beneficio indebido derivado de que el Tribunal ordene la restitución de un derecho que todavía no se ha incorporado a la esfera jurídica de aquél o no ha sido demostrado, pero si acredita en el juicio contencioso que cuenta con él, porque allegó los elementos probatorios suficientes que revelan su existencia, se procura la pronta y completa resolución de lo solicitado en la instancia de origen, ya que el particular no tendrá que esperar a que la autoridad administrativa se pronuncie nuevamente, con el consecuente retraso en la solución final de lo gestionado.

Amparo directo en revisión 2225/2009. Central Mexicana de Servicios Generales de Alcohólicos Anónimos, A.C. 20 de enero de 2010. Mayoría de tres votos. Disidentes: M.B.L.R. y S.S.A.A.. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretario: I.F.R..

49 sentencias
12 artículos doctrinales
  • Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado. VIII-P-SS-375
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. VIII-39, Octubre 2019
    • 1 October 2019
    ...administrativa respecto a un derecho subjetivo, cuya existencia no fue probada en juicio. Lo anterior tiene sustento en la tesis aislada 2a. XI/2010, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en el Semanario Judicial de la Federación, Novena Época......
  • Ley del Impuesto al Valor Agregado. VII-P-1aS-962
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. IV-37, Agosto 2014
    • 1 August 2014
    ...actora, ello con fundamento en el quinto párrafo del artículo 50 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y las tesis 2a. XI/2010 y 2a. XI/2010, así como en la ejecutoria de la cual derivó la Jurisprudencia 2a./J. 132/2012, emitidas por la Segunda Sala de la Suprema Cor......
  • Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado. VIII-P-SS-553
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. VIII-53, Abril 2021
    • 1 April 2021
    ...administrativa respecto a un derecho subjetivo, cuya existencia no fue probada en juicio. Lo anterior tiene sustento en la tesis aislada 2a. XI/2010, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en el Semanario Judicial de la Federación, Novena Época......
  • Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-2aS-202
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. II-14 (Séptima Época), Septiembre 2012
    • 1 September 2012
    ...se pronuncie nuevamente, con el consecuente retraso en la solución final de lo tramitado. Al respecto es aplicable la tesis aislada 2a. XI/2010 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, To......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR