Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro352081
MateriaCivil
EmisorSegunda Sala

El artículo 2726 del Código Civil del Estado de Tlaxcala, y el artículo 60 del reglamento del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del mismo Estado, consagran un medio ordinario para impugnar la negativa del registrador a inscribir un título, medio ordinario que debe agotarse previamente al amparo, pues de lo contrario, habrá que dictarse sobreseimiento.

Amparo civil en revisión 9513/41. G.D., S.. 21 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: G.F.. Relator: F.C..

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