Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro335055
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

Si en amparo que se pide contra una expropiación, aplicando la Ley de Expropiación del Municipio Libre, el presidente municipal del lugar en donde se verifica la expropiación, en su informe con justificación, asienta que en una sesión fue aprobada, por unanimidad, la resolución de expropiación que reclama la quejosa, y dicho informe en contrario a las declaraciones rendidas en el juicio por algunos miembros del Ayuntamiento, quienes afirman que no concurrieron a dicha sesión, ni aprobaron acuerdo alguno de prescripción referente a los bienes de la quejosa, debe deducirse que el informe de dicho presidente municipales es falso y queda comprobado que no se llenaron debidamente las formalidades esenciales del procedimiento, que ordena la citada Ley de Expropiación, y por lo mismo, que se violaron en perjuicio de quien promovió el amparo, las garantías de los artículos 15 y 16 constitucionales, por lo que debe concedérsele la protección federal, para el efecto de que las autoridades municipales repongan el procedimiento y cumplan con las formalidades señaladas en la ley, cuya violación reclamó la quejosa.

Amparo administrativo en revisión 2953/35. C.U.. 28 de noviembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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