Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro334229
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

El recurso a que se refiere el artículo 10o. de la Ley de Tierras Ociosas, se concede a los propietarios, únicamente para probar que no les es imputable el abandono de las tierras, y si la resolución les es favorable, de percibir el precio del arrendamiento; pero ningún recurso ordinario existe en contra de la resolución, de conceder unas tierras como ociosas.

Amparo administrativo en revisión 323/36. L.D.. 16 de abril de 1936. Unanimidad de cinco votos. R.: A.A.G..

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