Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro330247
EmisorSegunda Sala
MateriaAdministrativa

El Decreto de cuatro de enero de mil novecientos veintinueve, lejos de perjudicar a los tenedores de bonos de la Deuda Pública Agraria, los beneficia, ya que la enajenación de los títulos de crédito a cargo del gobierno, a un precio inferior a su valor nominal, es potestativo, pudiendo los tenedores conservarlos en su poder, para obtener la ventaja de que la amortización total de los bonos de una serie, se efectuará en un plazo menor que el que fija la ley, debido a las adquisiciones que el gobierno puede hacer por compra de los mismos, en el mercado, por lo que los que no entren a ésta, adquirirán un valor mayor, cada día que transcurra, pues el gobierno, al final estará obligado a pagarlos por su valor nominal.

Amparo administrativo en revisión 2952/29. A.A.. 19 de abril de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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